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09/04/25 | Noticias

驴El gobierno de Milei habilit贸 la exportaci贸n de ejemplares de fauna silvestre, que estaba prohibida desde 1986?

Image Planteamos el t铆tulo de esta nota como una pregunta, porque seguramente todav铆a queda tela para cortar en este asunto y con el correr de las horas podremos aportar una definici贸n. Lo cierto es que la Disposici贸n 381/2025 que se public贸 en el Bolet铆n Oficial de este martes, con la firma del subsecretario de Ambiente del gobierno de Javier Milei, Fernando Jorge Brom, deroga una vieja norma de 1986 que proh铆be que la Argentina exporte ejemplares vivos de fauna silvestre.

鈥淧or Resoluci贸n 62 de fecha 31 de enero de 1986 de la ex Secretaria de Agricultura, Ganader铆a y Pesca, se suspende por tiempo indeterminado la exportaci贸n, la comercializaci贸n en jurisdicci贸n federal y tr谩fico interprovincial de ejemplares vivos de todas las especies de la fauna aut贸ctona, con excepci贸n hecha de aquellas que sean consideradas da帽inas o perjudiciales por la legislaci贸n nacional y provincial vigente y las criadas zoot茅cnicamente por establecimientos inscriptos鈥, recuerda la nueva normativa de la gesti贸n libertaria.

Y agrega, antes de abrogar esa vieja normativa, que: 鈥淒icha suspensi贸n, adem谩s de poseer car谩cter general cuando deber铆a establecer especies en forma taxativa, excede largamente pautas temporales razonables manteniendo una vigencia de m谩s de 38 a帽os鈥.

La disposici贸n desregulatoria firmada por Brom tambi茅n apunta contra la Resoluci贸n 513/2007 de la ex Secretar铆a de Ambiente y Desarrollo Sustentable, que prohib铆a la caza, la captura, el tr谩nsito interprovincial, el comercio en jurisdicci贸n federal y la exportaci贸n de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre鈥 seg煤n dos anexos muy extensos que incluyen todo tipo de animales.

Cuenta Brom que otra resoluci贸n m谩s reciente, la 389/2022, el ex ministro Juan Cabandi茅 trat贸 de establecer excepciones al tr谩nsito interjurisdiccional de ejemplares vivos de fauna silvestre. Pero remarc贸 que su 鈥渁plicaci贸n pr谩ctica, adem谩s de vulnerar las autonom铆as provinciales, resulta muy ineficiente, conllevando un exceso de burocracia y un tiempo no compatible con el bienestar animal, por lo que la misma debe abrogarse鈥.

Por lo tanto, el funcionario libertario ahora decidi贸; 鈥淎br贸ganse las Resoluciones ex SAGyP 62/86 y ex MAyDS 389/22鈥.

Y en el caso de la normativa de 2007, estableci贸 tres excepciones al art铆culo esencial de la misma, que 鈥減roh铆be la caza, la captura, el tr谩nsito interprovincial, el comercio en jurisdicci贸n federal y la exportaci贸n de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre鈥.

Las tres excepciones son:

El tr谩nsito interprovincial y la exportaci贸n de ejemplares vivos, productos y subproductos de ejemplares provenientes de criaderos inscriptos.
El tr谩nsito interprovincial de ejemplares vivos en car谩cter de emergencia por razones sanitarias y/o rehabilitaci贸n y/o decomisos efectuados por autoridades jurisdiccionales.
El tr谩nsito interprovincial, la exportaci贸n de ejemplares vivos, productos y subproductos de las especies detalladas en los Anexos I y II de la presente con fines cient铆ficos o de repoblaci贸n aprobados por las autoridades competentes鈥
Es decir, la normativa no abre la puerta a la exportaci贸n y el comercio indiscriminado de fauna silvestre. Pero, en aras de una supuesta desburocratizaci贸n, deja abiertas las ventanas.

鈥淟a presente Resoluci贸n entrar谩 en vigencia al d铆a siguiente de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de la Rep煤blica Argentina鈥, define el subsecretario de Ambiente, que depende del secretario de Deportes y Turismo, Daniel Scioli.

Hace un par de a帽os, el ex Ministerio de Ambiente inform贸 que el mercado del comercio ilegal de vida silvestre genera, seg煤n estimaciones, entre 15 y 20 mil millones de d贸lares estadounidenses al a帽o, siendo el cuarto comercio ilegal en el planeta, detr谩s de la venta de drogas, la falsificaci贸n y el tr谩fico de personas.

鈥淢谩s de 100 especies de aves, 20 de reptiles y 15 de mam铆feros de nuestro pa铆s son afectados por el tr谩fico de fauna. De todas ellas, unas 20 entran en una categor铆a de amenaza鈥, agreg贸 aquel informe, que cit贸 las aves (cardenal, federal, tuc谩n y loro hablador), los reptiles (tortugas sobre todo), los mam铆feros (monos, felinos y ciervos) y los mam铆feros marinos, como especies objeto.

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