25/04/25 | Noticias
Ante la eliminaci贸n de las restricciones cambiarias, a trav茅s del decreto 269/2025, el Gobierno le puso fin al esquema de liquidaci贸n de exportaciones denominado 鈥渄贸lar blend鈥 lo que gener贸 interrogantes sobre el alcance en el pago de retenciones y las necesidad o no de rectificar las declaraciones o generar una licencia manual (LMAN), adicional.
Frente a la medida que busca unificar el tipo de cambio para las exportaciones, desde el Centro de Despachantes de Aduana (CDA), realizaron consultas a la Administraci贸n de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA), para transmitir de forma correcta la informaci贸n entre la comunidad exportadora.
El decreto 28 del 2023 estableci贸 un nuevo porcentaje al conocido popularmente como 鈥渄贸lar blend鈥, que fue la evoluci贸n del 鈥渄贸lar soja鈥 que instrument贸 el ministro Sergio Massa, en 2022, para darle un mejor precio a los exportadores en un contexto de necesidad de divisas.
Bajo el Gobierno de Javier Milei el esquema se fij贸 en 80/20, en relaci贸n al porcentaje que se pod铆a liquidar a valor oficial y en el mercado financiero (CCL) y sin plazo de caducidad.
Ahora bien, en la cuesti贸n aduanera, 鈥渃uando un despachante oficializa, registra una destinaci贸n de exportaci贸n lo que hace es fijar el momento imponible de la exportaci贸n鈥, explicaron desde el CDA y aclararon que el 鈥渉echo imponible鈥 es la exportaci贸n en s铆 y el 鈥渕omento imponible鈥 es el de la oficializaci贸n.
鈥淓n ese momento es que se fija el tratamiento tributario y normativo de la mercader铆a como as铆 tambi茅n el tipo de cambio, que informa el Banco Naci贸n al cierre de sus operaciones del d铆a h谩bil anterior a la fecha de pago de los derechos de exportaci贸n鈥.
Los derechos de exportaci贸n (DEX) se pueden pagar al momento de la oficializaci贸n del permiso de embarque o, si la firma cumple con ciertos requisitos, en un determinado plazo (diferido) luego de que la mercader铆a haya zarpado rumbo a destino final, fuera del pa铆s.
D贸lar , pesos y retenciones
Por eso, a partir de la unificaci贸n del tipo de cambio, uno de los puntos que motiv贸 la consulta a ARCA es sobre los derechos de exportaci贸n (DEX), y la necesidad de confirmar qu茅 valor de d贸lar utilizar.
Una vez que el exportador hace el pago, genera una licencia manual (LMAN) para 鈥渃ompensar鈥 el tipo de cambio utilizado.
Como ese tipo de cambio es menor al 鈥渄贸lar blend鈥 lo que hace y 鈥渓o que pide la ARCA es que los exportadores generen una liquidaci贸n manual (LMAN) para compensar esa diferencia del tipo de cambio a los efectos de pagar los derechos de exportaci贸n, al tipo de cambio que ingresaron y liquidaron las divisas鈥, explic贸 Gonzalo Oro帽o del equipo de Asesor铆a en Normativa y Procedimientos de Importaci贸n y Exportaci贸n del CDA.
鈥淓l tipo de cambio utilizado en el permiso de embarque es menor al tipo de cambio al cual fue beneficiado el exportador con el ingreso y liquidaci贸n de divisas (recordemos que los exportadores se hacen de pesos y no de los d贸lares en s铆)鈥, aclar贸.
Licencia manual, rectificaci贸n
En principio, ARCA inform贸 a los despachantes que la pregunta que hac铆a referencia a los aranceles en el Sistema Inform谩tico Malvina (SIM), ya fue retirada del sistema.
Seg煤n el caso, los exportadores, deb铆an indicar si 鈥渃orresponde la liquidaci贸n de divisas en el marco del Decreto Nro. 28/23 y, de corresponder, el pago de los derechos de exportaci贸n, tributos y dem谩s conceptos se abonar谩n considerando el contravalor efectivamente obtenido en virtud de su art铆culo 1ro y 2do鈥.
Ahora, respecto a la necesidad de realizar rectificaciones o una licencia manual con un ajuste por la diferencia del tipo de cambio, la entidad obtuvo respuesta a las distintas situaciones que surgieron con el fin del 鈥渄贸lar blend鈥.
En caso de una destinaci贸n definitiva de exportaci贸n para consumo oficializada antes al 14/04/2025 en las que se haya respondido afirmativamente la pregunta de arancel, cuya operaci贸n de exportaci贸n se liquidar谩n las divisas con posterioridad a la vigencia del Decreto (PEN) N掳269/2025; es decir, cuando no se liquidar谩 las divisas 80% MULC y 20% CCL.
El CDA consult贸 si los despachantes deber谩n solicitar la rectificaci贸n del permiso de embarque y la respuesta de ARCA fue negativa: 鈥淣o es necesario efectuar el pedido de rectificaci贸n鈥.
En cambio, si frente a la operaci贸n de exportaci贸n se liquidaron las divisas 80% MULC y 20% CCL, es decir, previo a la vigencia del Decreto (PEN) N掳269/2025, el CDA indag贸 si corresponde generar la LMAN.
En esta situaci贸n, el organismo indic贸 que, efectivamente, se deben efectuar el ajuste mediante la LMAN (motivo 鈥淒T28鈥).
Tambi茅n deben hacerlo en este caso: Si la destinaci贸n definitiva de exportaci贸n para consumo que se oficializar谩 en una fecha posterior , es decir, a partir del 14/04/2025, cuya operaci贸n de exportaci贸n cuenta con la liquidaci贸n de las divisas 80% MULC y 20% CCL , dado que el exportador recibi贸 a un pago anticipado o cont贸 con una prefinanciaci贸n.
- Compartir: Twittear