21/11/24 | Noticias
El Centro Despachantes de Aduana (CDA) acerca a sus asociados el informe emitido por la Divisi贸n Evaluaci贸n y Desarrollo Normativo de Importaci贸n (DV EDIM) en respuesta a la nota presentada por la Instituci贸n respecto de la determinaci贸n unilateral adoptada por la compa帽铆a Maersk Line Argentina S.A. sobre la emisi贸n de la 鈥淐ertificaci贸n de Flete鈥 en formato PDF con firma digital del ATA, neg谩ndole a los Operadores de Comercio Exterior la extensi贸n de la misma en formato papel y con firma ol贸grafa, situaci贸n que carece de todo tipo de sustento legal.
En lo que a ello respecta, la Aduana indic贸 que en aquellos casos en los que el valor del flete no se encuentre reflejado en el correspondiente Conocimiento de Embarque, el mismo deber谩 acreditarse mediante alguna otra documentaci贸n complementaria exigible en la destinaci贸n o, en su defecto, mediante la Certificaci贸n de Flete emitida por el Agente de Transporte Aduanero (ATA), la cual deber谩 estar firmada de forma manuscrita y sellada por el mismo.
Adem谩s, en el informe se menciona que en los casos en que dicha certificaci贸n est茅 firmada digitalmente, 茅sta deber谩 contar con el respaldo de la normativa e implementaci贸n de sistemas oficialmente habilitados a esos efectos.
Es decir, a nuestro entendimiento al no encontrarse normativa, ni implementaci贸n de sistemas oficialmente habilitados a esos efectos, no corresponder铆a que la compa帽铆a emita la 鈥淐ertificaci贸n de Flete鈥 en formato PDF con firma digital del ATA, sino que deber铆a otorgarse dicho documento emitida por el ATA, la cual deber谩 estar firmada de forma manuscrita y sellada por el mismo.
A continuaci贸n, se adjunta la nota presentada por la Instituci贸n; la notificaci贸n SICNEA N掳 24001NOTI287289L y el informe 鈥淚F-2024-04003705-AFIP-DVEDIM#SDGTLA鈥.
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