Si no podés visualizar correctamente este mail
Buenos Aires, 26 de junio de 2013  
Resolución Secretaria de Comercio Exterior N° 99/2013

Resolución Secretaria de Comercio Exterior N° 99/2013
Declaración Jurada de Composición de Producto (DJCP)
Su tramitación vía SISCO



Las personas físicas o jurídicas cuyas operaciones de importación se encuentren alcanzadas por las disposiciones establecidas por la Res.MEOSP 850/96 de fecha 27 de junio de 1996 y su modificatoria, la Res. MEOSP 1318/98 de fecha 16 de octubre de 1998, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y por la Res. MEFP 248/13 de fecha 4 de junio de 2013 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, deberán proceder a su registración en el Sistema Integrado de Comercio (SISCO), a fin de obtener su identidad como usuario y la respectiva contraseña.

Será aplicable a productos textiles, prendas y calzados de fabricaciones nacionales o importadas que se comercialicen en el mercado interno.

Sólo podrá realizarse la presentación de información correspondiente a una Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP) a través del Sistema Integrado de Comercio (es el mismo que fuera utilizado para gestionar las Licencias no Automáticas) una vez que los interesados dispongan de su identificación como usuario y de la respectiva contraseña mediante tramitación de Inscripción previa

El Código de Identificación de Producto (CIP) consignado consistirá en una codificación numérica o alfanumérica de hasta CATORCE (14) caracteres y que se asignara a las mercaderías en cuestión.

La información ingresada debe ser concordante a los datos ingresados en el Registro Especial Aduanero de la Dirección General de Aduanas, una vez confirmada por los interesados el sistema emitirá una caratula identificada mediante un Numero de Tramite a modo de referencia, la que deberá imprimir para su posterior presentación.

Cualquier dato y/o información que requiera ser modificada, implica generar un nuevo tramite en el Sistema; En caso de que se modificare alguno de los campos requeridos, deberá ingresarse una nueva Declaración Jurada de Composición de Productos de acuerdo al procedimiento indicado en los artículos anteriores, lo que dará lugar a un nuevo trámite.

A través del SISCO - Módulo DJCP los interesados podrán tomar conocimiento del estado de los trámites presentados, los cuales podrán tener estado "recibido" u "observado".

En el caso que se observare alguna información consignada en un trámite, el importador deberá presentar nuevamente los datos correspondientes a la observación efectuada mediante el inicio de un nuevo trámite Las presentaciones aludidas serán firmadas en su integridad por el importador o sus representantes o apoderados.

La presente resolución comenzará a regir a partir del 15 de Julio.

+ Leer más


Despachantes Argentinos
“Despachantes de Aduana al servicio de los colegas”
Sumate!
www.despachantesargentinos.com
© 2013 Despachantes Argentinos. Todos los derechos reservados. Desarollado por  Tres Al Cubo Desarrollos Web

Este mensaje se envía en concordancia con la nueva legislación sobre correo electrónico en base a las normativas internacionales sobre SPAM, este e-mail no podrá ser considerado SPAM mientras incluya una forma de ser removido.
Si no desea recibir más este newsletter, por favor respóndalo con el asunto "REMOVER"