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Buenos Aires, 18 de junio de 2013  
VIGENCIA - SICNEA - Resolucion General N° 3474/2013 e Instructivo N° 2/2013

Requisitos y Formalidades para su Adhesion.

Estimados Colegas ,

A partir del dia de la fecha; les recordamos la plena vigencia de la Resolucion Gral N° 3474/2013 y del Instructivo N° 2/2013 - Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).

INSTRUCTIVO N° 2/2013

2. A partir del 17 de junio de 2013 se implementarán las siguientes funcionalidades del SICNEA:

2.1 Los sujetos mencionados en el Anexo III de la Resolución General N° 3474 (AFIP) que no se adhieran al SICNEA perderán las ventajas que venían usufructuando o que eventualmente se les presenten, hasta tanto expresen su adhesión de acuerdo a lo señalado en el Artículo 3° de dicha norma.

2.2 Comenzarán los procedimientos de notificación mediante el submódulo "Oficina de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras", establecido en el apartado 2.3 del Anexo I a la Resolución General N° 3474 (AFIP).

+ Ver Resolución General N° 3474/2013

+ Ver Instructivo N° 2/2013

+ Ver Manual Sicnea


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