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Buenos Aires, 08 de febrero de 2013  
Diario Judicial - Lavado vs. contrabando de dinero

El fallo pertenece a la causa “J.J. s/ Recurso de Casación”, y fue dictado por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Raúl Madueño, Eduardo Riggi y Luis María Cabral.

El expediente llegó a conocimiento de la Cámara luego de un recurso de casación e inconstitucionalidad presentado por la defensa técnica de una mujer, que había sido condenada como autora del delito de contrabando, en grado de tentativa, y además decidió que se extraigan los testimonios vertidos en la causa, para que se investigue la posible comisión del delito de lavado de activos.

El recurrente había señalado que el delito de contrabando era inexistente, por que el dinero que se le había secuestrado no era “mercadería” para importar y exportar. Además la defensa destacó que la orden de investigar el delito de lavado de activos importaría violar la prohibición de doble juzgamiento, ya que el requerimiento de elevación a juicio era sólo por el delito de contrabando.

En primer término, los jueces compartieron la tesis de que el dinero es mercadería a los efectos aduaneros, y por lo tanto, debía ser clasificado arancelariamente. Por lo que el agravio en este aspecto se consideró infundado.

Sin embargo el Tribunal consideró que asistía razón al recurrente en cuanto que la orden de investigar el delito previsto en el art. 278 del Código Penal implicaría una lesión al principio ne bis in idem. Ya que “al momento de requerir la elevación a juicio la Sra. Agente fiscal nada dijo respecto del delito de lavado de activos, limitando la calificación legal al...


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