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26/11/14 | Normativa

Res.DGA 29/14

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Res.DGA 29/14

Ref. Recupero del control aduanero Paso Internacional Pircas Negras. Aduana de La Rioja.
19/11/2014 (BO 26/11/2014)

VISTO la Actuaci贸n SIGEA N潞 12694-451-2014/1 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que en la Declaraci贸n Presidencial Conjunta del Seguimiento del Tratado de Maip煤, realizado en la ciudad de Buenos Aires el 12 de mayo del corriente a帽o, la Presidenta de la Rep煤blica Argentina y la Presidenta de la Rep煤blica de Chile convinieron -entre otros temas- el inicio de controles integrados de frontera en el Paso Internacional Pircas Negras, bajo la modalidad de control cabecera 煤nica en Argentina.
Que en la Reuni贸n del XVII Comit茅 de Integraci贸n de ATACALAR, llevada a cabo en la ciudad de La Rioja entre los d铆as 21 y 22 de octubre del corriente, se acord贸 la implementaci贸n de los controles integrados a partir del 1 de diciembre del corriente a帽o en el Paraje Barranca Blancas, sito a QUINCE (15) km del punto de frontera.
Que de conformidad a lo indicado en el Anexo I de la Res.Gral.AFIP 2137/06, el citado paso fronterizo, ubicado en jurisdicci贸n de la Aduana de La Rioja, se encuentra habilitado para la atenci贸n del R茅gimen General de Equipaje, con control aduanero delegado en la Gendarmer铆a Nacional Argentina.
Que la decisi贸n de reasumir el control en el Paso Pircas Negras se basa fundamentalmente en la necesidad de optimizar las tareas operativas y de fiscalizaci贸n propias del Organismo, con la efectiva presencia del Servicio Aduanero.
Que en base a las pruebas piloto realizadas durante el a帽o 2013 y 2014, a los informes producidos por las 谩reas operativas, al Dictamen N潞 156/13 (DV JRCO) reca铆do en actuaci贸n SIGEA N潞 12717-2-2012/2 y al Dictamen N潞 140/14 (DV JRCO), se impone retomar el control aduanero del R茅gimen de Equipaje en el Paso Internacional Pircas Negras, actualmente delegado en Gendarmer铆a Nacional Argentina.
Que en funci贸n a lo expuesto, corresponde impulsar la actualizaci贸n de la Res.Gral.AFIP 2137/06, Anexo I.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Art铆culo 9掳, apartado 2, incisos n) y p) del Dec.618/97 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTICULO 1掳 - Ret贸mese el control aduanero en el Paso Internacional Pircas Negras, en jurisdicci贸n de la Direcci贸n Regional Aduanera C贸rdoba, Divisi贸n Aduana de La Rioja.

ARTICULO 2掳 - Autor铆cese a la Direcci贸n Regional Aduanera C贸rdoba y a la Divisi贸n Aduana de La Rioja a que adopten los recaudos pertinentes a fin de gestionar la asignaci贸n de los recursos humanos y materiales necesarios para el funcionamiento del citado paso fronterizo.

ARTICULO 3掳 - Establ茅cese que por la Subdirecci贸n General de Operaciones Aduaneras del Interior se impulsar谩 la actualizaci贸n del Anexo l de la Res.Gral.AFIP 2137/06.

ARTICULO 4掳 - Reg铆strese, comun铆quese. D茅se a la Direcci贸n Nacional del Registro Oficial para su publicaci贸n y publ铆quese en el Bolet铆n de la Direcci贸n General de Aduanas. Notif铆quese a Gendarmer铆a Nacional Argentina, dependiente del Ministerio de Seguridad y a la Direcci贸n de Asuntos T茅cnicos de Frontera del Ministerio del Interior y Transporte. Tome conocimiento la Subdirecci贸n General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Direcci贸n Regional Aduanera C贸rdoba.
Rem铆tanse los presentes a la Aduana de La Rioja para su conocimiento e implementaci贸n.

Cont.P煤b. CARLOS ALBERTO S脕NCHEZ, Director General, Direcci贸n General de Aduanas.

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