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22/10/14 | Varios / Sugerencias

Los Consorcios de Exportaci贸n. La Uni贸n hace la fuerza.

Image Por Diego Dumont

Los consorcios de exportaci贸n son grupos de personas que se re煤nen voluntariamente, al amparo de un contrato (en Argentina al menos), para intentar exportar. Por qu茅?. Porque el todo es m谩s que la suma de las partes. Porque al juntarse suman conocimientos, escala, recursos, ideas y colaboran los unos con los otros. C贸mo Voltron: defensor del universo, ese dibujito animado que si ten茅s m谩s de treinta viste alguna vez, en el que cinco leones robots formaban al gran Voltron, capaz de derrotar las criaturas m谩s temibles, los consorcios pueden pelear de igual a igual con jugadores de mayor tama帽o al de sus miembros, y meterse de lleno en el negocio de la exportaci贸n.

Lo cierto es que los Estados y varias organizaciones intermedias a nivel global, promocionan este tipo de agrupaciones, porque ayudar a los 鈥渆xportadores chicos鈥 conlleva un gran beneficio social. Por ejemplo, en Italia, pa铆s ejemplo de desarrollo pyme, se cre贸 una red de consorcios (www.federexportonline.it), y situaciones parecidas se repiten a lo largo y a lo ancho del mundo.

Pero empec茅 por el final, porque llegar a formar un Consorcio de exportaci贸n requiere de un arduo trabajo y no pocos grupos lo consiguen y aun consigui茅ndolo es bastante frecuente la separaci贸n de miembros despu茅s de un tiempo.

En Argentina existe un excelente Programa de Formaci贸n de Consorcios que inici贸 en 1998, con el impulso de Fundaci贸n Exportar (entidad mixta pero con fuerte predominio del empuje que otorga Canciller铆a, es decir, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto) y Fundaci贸n ICBC (ex Boston y Standard). El Programa ampara hoy d铆a m谩s de 60 grupos (algunos constituidos en consorcios) con m谩s de 400 empresas de los rubros m谩s diversos, inclusive de servicios. 2/3 partes de las empresas est谩n radicadas en el interior.

Existen algunas pautas a respetar, como por ejemplo: no poseer ni menos de cinco ni m谩s de quince miembros, que al menos uno de los miembros est茅 exportando, y la existencia obligada de financiamiento de un coordinador que oriente al grupo (a cargo del Programa en forma total los primeros seis meses y bajando 25% por vez en los pr贸ximos tres semestres), etc.

Los consorcios pueden inscribirse como importador exportador, siguiendo la Resoluci贸n General 2551/2009. Se ha dado una soluci贸n legal con respecto a un problema que plantea el C贸digo aduanero cuando al hablar de importador 鈥 exportador, habla de 鈥減ersonas鈥, mientras que los Consorcios son contratos, permitiendo la inscripci贸n con la imposici贸n de responsabilidad solidaria e ilimitada a todos los miembros ante Aduana.

Legislaci贸n marco
Los consorcios fueron regulados por la reglamentaci贸n de la Ley 23101, en 1996, pero esta no tuvo 茅xito porque planteaba requisitos demasiado ambiciosos (constituirse como sociedad comercial o cooperativa y acreditar una responsabilidad patrimonial m铆nima de cien mil pesos). Es como ir a la guerra con palillos. Las personas que constituyen un consorcio por lo general no disponen de recursos para mantener una nueva persona jur铆dica ni capacidad para conseguir avales o activos por el monto se帽alado.

Posteriormente, la Ley de Pymes 24467/95 hizo menci贸n de la necesidad de su promoci贸n ya que las Pymes son el motor de la econom铆a de un pa铆s (vean por ejemplo, art铆culos 19, 20 y 21). Pero fue reci茅n en 2005, cuando por Ley 26005 (en la que quedan amparados bajo el nombre de 鈥渃onsorcios de cooperaci贸n鈥) se crea un marco legal superador. En realidad como se ve铆a que la reglamentaci贸n existente era est茅ril se pens贸 hacer una nueva pero se entendi贸 que m谩s que un nuevo decreto se necesitaba una nueva Ley. No es objetivo para este art铆culo, introducirme en todo el desarrollo t茅cnico, pero me gustar铆a destacar que con la Ley 26005 se logr贸 que las personas que formen un consorcio de exportaci贸n no deban constituir una sociedad comercial, y puedan agruparse como un contrato, que sin otorgar personer铆a propia, protege a los miembros de ser considerados una sociedad de hecho, con lo peligroso que es esto en cuando a responsabilidades legales.

Los consorcios suelen utilizar la figura de la Exportaci贸n por Cuenta y Orden de Terceros.

Diferencia del consorcio respecto a otras figuras jur铆dicas:

VENTAJA

DESVENTAJA

SA Y SRL

SE RESPONDE CON EL PATRIMONIO SOCIAL

DIFICIL FIGURA PARA AGRUPARSE PARA EXPORTAR DEBIDO AL CAPITAL SOCIAL IRRELEVANTE DE LOS MIEMBROS鈥 RIGIDEZ OPERATIVA

COOPERATIVA

MAYOR COSTO AL DEL CONSORCIO- RIGIDEZ OPERATIVA - NO PUEDE TENER FINALIDAD DE LUCRO

ACE

LA DOCTRINA CREE QUE AL VINCULARSE HACIA AFUERA SON SOCIEDADES DE HECHO 鈥 LA RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS ES SOLIDARIA E ILIMITADA Y EN LOS CONSORCIOS SE LIMITA POR CONTRATO 鈥 NO PUEDE TENER FINALIDAD DE LUCRO

UTE

VINCULACI脫N EXTERNA - EL PLAZO DEBE SER IGUAL AL DE LA OBRA. SI SE EXCEDE PLAZO U OBJETO = SOCIEDAD DE HECHO.


Comentarios finales:

No todos los grupos logran llegar a consorcio y no todos los consorcios perduran en el tiempo. Lo habitual es que se disuelvan unos u otros despu茅s de un tiempo y sus integrantes salgan fortalecidos. Y si los miembros logran formar el Consorcio de exportaci贸n, en realidad queda siempre mucho por recorrer, como en las pel铆culas rom谩nticas ....que terminan donde en realidad todo reci茅n empieza.

Nos vemos...

Legislaci贸n recomendada

Ley 23101/1984 art铆culo 1 g)

Decreto PEN 256/96

Ley de Pymes 24.467/95

Ley 26005/05

Sitios web de utilidad

www.exportar.org.ar

www.fundacionicbc.com.ar

Lectura recomendada

Baldinelli Elvio. Los consorcios de exportaci贸n en la Argentina. Ed. Fund. Standard Bank, 2010.

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