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02/10/14 | Noticias

Con la mira en el arancel del 50%, la AFIP ajusta la declaración vía web de las compras en el exterior

Image La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió ajustar y agilizar el procedimiento que deben seguir adelante quienes decidan comprar bienes en el exterior a través de portales de Internet.
Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray optimizó la carga del flamante formulario electrónico F 4550 que reemplazó al F 4550/T (que se completaba manualmente en papel) desde el 21 de enero pasado, fecha de entrada en vigencia de la obligación de informar todas las adquisiciones de productos en el extranjero realizadas online.
Desde el fisco nacional señalan que la reformulación permite potenciar el control online del pago del impuesto que equivale al 50% del monto de los bienes adquiridos fronteras afueras que excedan los u$s25 al año.
El formulario 4550 -junto a el comprobante de pago del tributo correspondiente- deben ser presentados en el Correo Argentino o en la Aduana al momento de retirar la mercadería.
El nuevo formulario, paso a paso
De acuerdo al reformulado procedimiento, en primer lugar, el contribuyente debe ingresar a la página web de la AFIP con clave fiscal que posea nivel de seguridad 2 o superior.
Luego se debe habilitar la herramienta "Mis Aplicaciones Web" para posteriormente cliquear la opción "Nuevo" y seleccionar "F.4550 – Compras a Proveedores del Exterior".
Una vez en el sistema, se deben completar los siguientes datos referidos a la operación:
Tipo de servicio.
Canal de ingreso.
Identificador del envío.
Datos del envío.
Domicilio del envío.
Controles y liquidación.
El sistema automáticamente va a controlar si se cubrió -o no- la franquicia de u$s25 anuales. De estar superado el límite anteriormente mencionado, el sistema calcula el impuesto (es decir, el derecho de importación). El importe se transforma a pesos al generar el volante de pago.

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