Logo

11/03/20 | Capacitacion

C贸mo obtener el certificado MiPYME: gu铆a paso a paso

Image El certificado MiPyme acredita la condici贸n como tal ante laAFIP para poder ingresar a la moratoria de inminente reglamentaci贸n y otorga acceso a muchos otros beneficios.

En efecto, el documento permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia.

El certificado MiPyme puede ser solicitado tambi茅n por las personas humanas ya sean monotributistas y/o aut贸nomos para acceder a los mismos beneficios que las empresas registradas.

La vigencia del certificado es desde su emisi贸n y hasta el 煤ltimo d铆a del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio.

Para renovarlo, se deber谩 recategorizar la MiPyme durante ese mes.

Para descargar y consultar el certificado, el beneficiario deber谩 ingresar a la Plataforma de Tr谩mites a Distancia (TAD) o ingresando a este link.

A partir de abril 2020, la renovaci贸n en el Registro de Empresas MiPyME ser谩 autom谩tica para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los 煤ltimos 3 ejercicios.

Las 煤nicas que deber谩n terminar su tr谩mite manualmente ser谩n aquellas que sean parte de un grupo econ贸mico, tengan vinculaci贸n con empresas extranjeras o sean IVA exento.
El paso a paso para obtener el certificado MiPyme
- Entrar al sitio de AFIP con CUIT y Clave Fiscal.

- Entrar al Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.

- Hacer clic en la opci贸n "Habilitar Servicio".

- Seleccionar el logo de AFIP y, en Servicios Interactivos, buscar y seleccionar el servicio "PYMES Solicitud de Categorizaci贸n y/o Beneficios".

- Hacer clic en "Confirmar".

- Para que el servicio aparezca en el men煤, se deber谩 cerrar la sesi贸n y volver a ingresar con Clave Fiscal.

- Entrar al servicio "PYMES", hacer clic en "Nuevo" y controlar que la informaci贸n sea correcta.

- Completar el formulario 1272 que se despliega.
Responsable Inscripto
Beneficio del Pago de IVA a 90 d铆as: Hacer clic en el casillero que se encuentra al lado del beneficio y seleccion谩 la opci贸n "S铆".

En las solapas de los per铆odos fiscales se ver谩 la suma de las ventas totales anuales excluyendo el IVA, el impuesto interno que pudiera corresponder y el 50% del monto de las exportaciones. Se deber谩 detallar a qu茅 actividad corresponden.

Una vez informadas las ventas, se puede presentar la Declaraci贸n Jurada haciendo clic en "Presentar". Para guardarla y terminar de completarla en otro momento, hacer clic en "Grabar".
IVA exento
Una vez presentado el formulario, hay que entrar a este link y completar la informaci贸n solicitada.
Monotributista
S贸lo hay que hacer clic en "Siguiente". Tener en cuenta que al hacerlo, la pantalla no va a cambiar. Luego, deslizar el cursor hacia arriba y hacer clic en el bot贸n "Presentar" que se encuentra en el margen superior derecho.

Participaci贸n patrimonial con otras empresas

Todas las empresas deben ser PyME. Hay que verificar si est谩n bien cargadas las declaraciones patrimoniales en ganancias y participaciones societarias ingresando al instructivo.

A) Participaci贸n patrimonial de vinculaci贸n (entre 20% y 50% inclusive)

Nacional: todas deben cargar el F. 1272.

Extranjera:

Si la empresa extranjera tiene CUIT en el pa铆s deber谩 completar el link con las ventas de la extranjera. Ingresar a

Si la empresa extranjera no tiene CUIT en el pa铆s, comunicarse con el Registro PyME por correo electr贸nico aregistropyme@produccion.gob.ar

B) Grupo econ贸mico (m谩s del 50%)

Nacional (s贸lo empresas nacionales): deber谩 cargar en el link las ventas consolidadas. Ingresar ahttps://pyme.produccion.gob.ar/grupo-economico/login
Mixto (empresas nacionales y extranjeras):

Controlante extranjera:

Si tiene actividad en el pa铆s y CUIT: Deber谩 cargar en el link las ventas consolidadas del grupo. Ingresar ahttps://pyme.produccion.gob.ar/grupo-economico/login
Si no tiene actividad en el pa铆s comunicarse con el equipo de Registro PyME v铆a mail registropyme@produccion.gob.ar
Controlante Argentina:
Deber谩 cargar en el link las ventas consolidadas del grupo. Ingresar a https://pyme.produccion.gob.ar/grupo-economico/login

Se podr谩 ver la confirmaci贸n del registro en el servicio e-ventanilla de AFIP y se va a recibir el Certificado PyME en la bandeja de notificaciones de TAD. Si no se recibe, puede ser descargado en este link ingresando el n煤mero de transacci贸n.

En caso de no recordar el n煤mero de transacci贸n, seguir estos pasos:

- En AFIP, ingres谩 al servicio "PYMES Solicitud de Categorizaci贸n y/o Beneficios" y hac茅 clic en "Aceptar".

- En "Acciones", hac茅 clic en el men煤 desplegable y seleccion谩 "Acuse".

Hac茅 clic sobre el 铆cono de PDF y volv茅 a mirar el comprobante.
Moratoria
El art铆culo 8 de la Ley 27541 dispone que los contribuyentes y responsables de los tributos y de los recursos de la seguridad social cuya aplicaci贸n, percepci贸n y fiscalizaci贸n se encuentren a cargo de la AFIP, que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Peque帽as o Medianas Empresas, podr谩n acogerse, por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones, al r茅gimen de regularizaci贸n de deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social y de condonaci贸n de intereses, multas y dem谩s sanciones que se establecen por el presente Cap铆tulo.



Agrega que para ello deber谩n acreditar su inscripci贸n con el Certificado MiPyME, vigente al momento de presentaci贸n al r茅gimen, conforme lo establecido por la Secretar铆a de Emprendedores y de la Peque帽a y Mediana Empresa del actual Ministerio de Desarrollo Productivo.

Por su parte, se aclara que aquellas MiPyMEs que no cuenten con el certificado MiPyME al 23/12/2019, podr谩n adherir al presente r茅gimen de manera condicional, siempre que lo tramiten y obtengan hasta el 30/4/2020.

La adhesi贸n condicional caducar谩 si el presentante no obtiene el certificado en dicho plazo.

Es importante destacar que la SEPyME demora unos d铆as en aprobar y emitir el certificado con lo cual es muy importante solicitarlo con el adecuado tiempo previo.

Finalmente, se faculta a la la autoridad de aplicaci贸n a extender el plazo para la tramitaci贸n del mismo.
Topes de facturaci贸n anual para ser considerado MiPyME
La SEPyME estableci贸 nuevos topes de facturaci贸n anual para ser considerado MiPyME con vigencia desde el mi茅rcoles 11 de diciembre de 2019.

La medida se dio a conocer mediante la publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial del 10/12/2019 de la Resoluci贸n 563/19.

La misma actualiza los topes de ventas totales anuales para ser considerado Micro, Peque帽a o Mediana Empresa que se detallan en el Cuadro A del Anexo IV de la Resoluci贸n 220/19 de la SEPyME.

La 煤ltima actualizaci贸n hab铆a sido en el mes de abril del mismo a帽o.

Entre los fundamentos que explican la decisi贸n de actualizar los topes de facturaci贸n anual para ser considerado MiPyME, se expone que en el an谩lisis realizado en relaci贸n a los principales indicadores econ贸micos y con el objetivo de evitar que empresas que incrementaron el monto de facturaci贸n en 2019, s贸lo como efecto del aumento sostenido y generalizado de precios, dejen de ser incluidas dentro del universo MiPyME o queden encuadrados en una categor铆a mayor resulta necesaria efectuar una actualizaci贸n de los topes MiPyME.

De acuerdo a la normativa, se entiende por valor de ventas totales anuales al monto de las ventas que surja del promedio de los 煤ltimos 3 ejercicios comerciales o a帽os fiscales, seg煤n la informaci贸n declarada ante la AFIP.

Se excluir谩 del c谩lculo el monto del Impuesto al Valor Agregado y el/los impuesto/s interno/s que pudiera/n corresponder; y se deducir谩 hasta el setenta y cinco por ciento (75 %) del monto de las exportaciones.

Image Image Image Image