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08/01/18 | Normativa

Res.Gral.AFIP 4188/18

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Ref. Solicitud de turnos "web" para la gesti贸n de determinados tr谩mites y formulaci贸n de consultas.
05/01/2018 (BO 08/01/2018)
VISTO el objetivo permanente de esta Administraci贸n Federal de optimizar la relaci贸n fisco-contribuyente mediante el perfeccionamiento de los servicios que brinda, y
CONSIDERANDO:
Que a efectos de la consecuci贸n de dicho objetivo y con el prop贸sito de lograr una mayor eficiencia en la atenci贸n al ciudadano, se implement贸 una herramienta de gesti贸n de turnos que permite simplificar la administraci贸n de la demanda de atenci贸n, llevar un registro de los tr谩mites realizados y obtener informaci贸n estad铆stica.
Que en virtud de la satisfactoria experiencia recogida y la pr谩ctica probada con buenos resultados en otros organismos p煤blicos de este m茅todo de atenci贸n, resulta oportuno establecer el uso obligatorio de la referida herramienta para la gesti贸n de determinados tr谩mites o formulaci贸n de consultas en las dependencias del Organismo, en d铆as y horarios previamente acordados.
Que han tomado la intervenci贸n que les compete la Direcci贸n de Legislaci贸n, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jur铆dicos, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones, y las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Art铆culo 7掳 del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACI脫N FEDERAL DE INGRESOS P脷BLICOS
RESUELVE:

ART脥CULO 1掳.- Establ茅cese con car谩cter obligatorio la utilizaci贸n del sistema de turnos "web" para la gesti贸n de determinados tr谩mites y formulaci贸n de consultas en las dependencias de esta Administraci贸n Federal, en d铆as y horarios previamente acordados.

ART脥CULO 2掳.- A los efectos de solicitar un turno "web" sin Clave Fiscal, los ciudadanos deber谩n seleccionar la opci贸n "TURNOS" ubicado en el margen superior del sitio "web" de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) y completar los datos requeridos por el sistema.
Alternativamente, el turno podr谩 solicitarse a trav茅s del servicio denominado "Portal del Ciudadano" que se encuentra disponible en el referido sitio "web", al que se acceder谩 con Clave Fiscal obtenida de acuerdo con el procedimiento previsto en la Res.Gral.AFIP 3713/15 y sus modificaciones.

ART脥CULO 3掳.- Los turnos solicitados se podr谩n consultar, modificar y/o eliminar a trav茅s del servicio "web" indicado en el art铆culo anterior.

ART脥CULO 4掳.- La n贸mina de los tr谩mites y consultas que requerir谩n la obtenci贸n previa de un turno "web", con su correspondiente cronograma de aplicaci贸n, ser谩 publicada en el micrositio "Gesti贸n de Atenci贸n Institucional" (www.afip.gob.ar/atencion) del sitio "web" de esta Administraci贸n Federal y en otros medios alternativos de difusi贸n.
En una primera etapa, la utilizaci贸n del sistema de turnos "web" ser谩 de aplicaci贸n obligatoria 煤nicamente para los tr谩mites de obtenci贸n o blanqueo de la Clave Fiscal.

ART脥CULO 5掳.- Las disposiciones de esta resoluci贸n general entrar谩n en vigencia a partir del d铆a 15 de enero de 2018.

ART脥CULO 6掳.- Comun铆quese, publ铆quese, d茅se a la Direcci贸n Nacional del Registro Oficial y arch铆vese.

Alberto Remigio Abad.

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