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21/09/17 | Normativa

La AFIP cre贸 dos nuevos reg铆menes de informaci贸n para multinacionales

Image por DOLORES OLVEIRA

La AFIP estableci贸 dos nuevos reg铆menes de informaci贸n en materia de precios de transferencia, en l铆nea con el plan de acci贸n de la Organizaci贸n para la Cooperaci贸n y el Desarrollo Econ贸micos (OCDE) que se conoce como BEPS y que consiste en una serie de medidas que deben adoptar los pa铆ses para evitar la doble no imposici贸n.

La Resoluci贸n General 4130-E, que se public贸 ayer en el Bolet铆n Oficial, cre贸 dos reg铆menes de informaci贸n en lo que se conoce "country by country report" o reporte pa铆s por pa铆s para empresas multinacionales.

El primero de los reg铆menes se refiere a las transacciones internacionales realizadas por empresas multinacionales cuya 煤ltima controlante es argentina, o no lo es, pero la controlante delega en la integrante argentina del grupo la presentaci贸n del informe.

El segundo es de car谩cter general al que quedan obligadas todas las empresas argentinas que integren un Grupo de Entidades Multinacionales. O sea, una enorme cantidad de empresas de bienes y servicios, y bancos que operan en el pa铆s pero su casa matriz es extranjera.

Se considera Grupo de Entidades Multinacionales (controlada por una empresa argentina o por una extranjera) a un conjunto de entidades relacionadas a trav茅s de la propiedad o del control directo o indirecto, que est谩 obligado a confeccionar estados contables consolidados, o que podr铆a estarlo si se negociaran participaciones del capital de cualquiera de las entidades en un mercado p煤blico de valores que incluya a dos o m谩s entidades que tengan residencia fiscal en diferentes jurisdicciones, o a una entidad que sea residente a los fines fiscales en una jurisdicci贸n y est茅 sujeta a imposici贸n en otra jurisdicci贸n fiscal, con relaci贸n a las actividades econ贸micas desarrolladas en esa jurisdicci贸n a trav茅s de un establecimiento estable del que es titular, defini贸 Tom谩s Smudt, del estudio Lai煤n, Fern谩ndez Sabella & Smudt.

Ambos reg铆menes de informaci贸n ser谩n de aplicaci贸n para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1潞 de enero de 2017 y se deben presentar el 31 de diciembre de 2018.

Cuando lo present贸 en el exterior la controlante extranjera, se informar谩 esto a la AFIP en febrero de 2019, para cierres de ejercicio al 31 de diciembre

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