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03/10/15 | Noticias

La Organización Mundial de Comercio respalda la lucha de Argentina a favor de la transparencia fiscal

Image Ricardo Echegaray, Administrador Federal AFIP


La Organización Mundial de Comercio respalda la lucha de Argentina a favor de la transparencia fiscal

Un Grupo Especial de la Organización Mundial de Comercio (OMC) determinó que la República Argentina deberá revisar los parámetros para establecer cuales países deben considerarse cooperantes a los fines de la transparencia fiscal, -parámetros que deberán ser de carácter más restrictivo-al mismo tiempo que desestimó los 8 planteos que había formulado Panamá en contra de la República Argentina.
Esta decisión de la OMC señala un precedente importante para la Argentina y para toda la comunidad internacional, ya que al rechazar la totalidad de los planteos de Panamá reconoce como legítimas las medidas anti-abuso utilizadas por la República Argentina y las considera en línea con el acuerdo del GATT.
Los hechos
En 2013, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC estableció un Grupo Especial para analizar el pedido de Panamá de impugnar 8 medidas de corte financiero, tributario, cambiario y registral impuestas por la legislación de Argentina, que a su juicio afectarían a los servicios y los proveedores de servicios de jurisdicciones que nuestro país califica como "países no cooperadores a los fines de la transparencia fiscal" (según lo dispone el Decreto No. 589/2013).
De las ocho medidas impugnadas por Panamá, las cuatro de naturaleza impositiva se refieren al cobro de mayores retenciones por intereses pagados a las transacciones con sujetos de países no cooperadores; a la presunción de incremento patrimonial no justificado por los ingresos de fondos de los países no cooperadores; a la aplicación de precios de transferencia en transacciones con sujetos de los países no cooperadores y a la deducción condicionada por pagos a sujetos de los países no cooperadores.
En su planteo, Panamá sostuvo que la normativa mencionada suponía un trato menos favorable con los países excluidos en la lista de ‘cooperadores’ y configuraban una gama de barreras discriminatorias que limitan, o incluso anulan, las oportunidades de competencia de los bienes y servicios de esos países.
Lo que llama la atención es que al momento de presentar estas impugnaciones, Panamá se encontraba en la lista de países cooperantes porque había principio de negociación para un acuerdo de intercambio de información, como este nunca se concretó, sumado a la recomendación del panel de OMC de endurecer las parámetros para ser considerados cooperadores, Panamá dejará de ser país cooperante con la implementación de las medidas sugeridas en el fallo, por parte de la AFIP.
En este sentido, la Argentina explicó que las normas tributarias que estuvieron en litigio pertenecen a un conjunto de medidas defensivas a las que nuestro país, y gran parte de la comunidad internacional, deben recurrir para proteger sus finanzas públicas y sistemas financieros de los riesgos que plantean las jurisdicciones no cooperantes (anteriormente denominadas paraísos fiscales o países de baja o nula tributación).
Estas normas son herramientas esenciales para hacer cumplir las leyes de impuestos nacionales, garantizar su correcta determinación y recaudación, prevenir las prácticas fraudulentas y de evasión y elusión fiscal, evitar la erosión de las bases imponibles nacionales, garantizar la integridad y la estabilidad del sistema financiero global, y nivelar las condiciones de competencia en el mercado internacional de los servicios financieros y otros servicios.
Estas medidas antiabuso han sido reconocidas esencialmente por la OCDE y el G-20, en los diferentes proyectos que se han venido llevando adelante desde hace más de 20 años para luchar contra las prácticas fiscales nocivas y el cumplimiento de sus compromisos internacionales.
En consecuencia, la OMC avaló las medidas tomadas por nuestro país, - consideradas injustas por Panamá -y sugirió endurecer la normativa que en la actualidad le permite a Panamá ser un país cooperante con respecto a la Argentina, por lo que, Panamá dejará de ser considerado como país cooperante con las modificaciones que realizará la AFIP .

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