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28/03/15 | Noticias

Traspasan el transporte fluvial a Econom铆a

Image La presidente Cristina de Kirchner traspas贸 por decreto el control del transporte fluvial de la 贸rbita del Ministerio de Interior de Florencio Randazzo al de Econom铆a, de Axel Kicillof.

A trav茅s del Decreto 441/2015, la mandataria modific贸 los art铆culos 17 y 20 de la Ley de Ministerios y transfiri贸 al Palacio de Hacienda "la elaboraci贸n, aplicaci贸n y fiscalizaci贸n del r茅gimen de flotas mercante, fluvial, de cabotaje y ultramar", como as铆 tambi茅n el dise帽o de "la pol铆tica de puertos y v铆as navegables".

En los considerandos, la norma asegura que la decisi贸n se tom贸 por "la trascendencia que el transporte fluvial y mar铆timo en su conjunto, as铆 como su regulaci贸n y coordinaci贸n constituyen para el progreso y el desarrollo nacional y de la poblaci贸n en su conjunto, configurando un aspecto vital para tal desarrollo los aspectos vinculados a las relaciones y cuestiones de competitividad".

Asimismo, advierte que la transferencia "permitir谩 profundizar el desarrollo, eficiencia y competitividad del transporte fluvial y mar铆timo en su conjunto, as铆 como maximizar la coordinaci贸n y participaci贸n de los distintos sectores involucrados, tendientes a la integraci贸n y complementaci贸n funcional del sector en cuesti贸n".

En ese marco, justifica que la medida se haya adoptado por DNU y exhorta al Congreso nacional a analizar la resoluci贸n en los pr贸ximos 10 d铆as h谩biles. "La urgencia en la adopci贸n de la presente medida hace imposible seguir los tr谩mites ordinarios previstos por la Constituci贸n nacional para la sanci贸n de las leyes", detall贸.

El decreto tambi茅n deja en claro cu谩les son desde ahora las competencias de cada ministerio. En el listado de Econom铆a ya figuran las nuevas atribuciones sobre el transporte fluvial:

路 Entender en la elaboraci贸n, aplicaci贸n y fiscalizaci贸n del r茅gimen de flotas mercante, fluvial, de cabotaje y ultramar

路 Entender en la organizaci贸n, direcci贸n y fiscalizaci贸n del registro de inscripci贸n, fijaci贸n de capacidades y calificaci贸n de las empresas vinculadas a la industria y reparaci贸n naval.

路 Entender en todo lo relacionado con la construcci贸n, habilitaci贸n, administraci贸n y fiscalizaci贸n de puertos y v铆as navegables".

路 Entender en la homologaci贸n de los acuerdos armatoriales y sus accesorios.

路 Entender en la coordinaci贸n de las tareas de las reparticiones, empresas del Estado y/o privadas, que integran la comunidad portuaria.

路 Intervenir en la elaboraci贸n y aplicaci贸n de los reg铆menes de trabajo portuario, mar铆timo y fluvial.

路 Intervenir en la compatibilizaci贸n de la navegabilidad de los cursos de agua con su aprovechamiento como fuente de energ铆a.

路 Intervenir en la elaboraci贸n y ejecuci贸n de la pol铆tica de puertos y v铆as navegables.

路 Entender en la elaboraci贸n y ejecuci贸n de la pol铆tica nacional de transporte fluvial y mar铆timo, as铆 como en su regulaci贸n y coordinaci贸n.

路 Entender en todo lo relacionado con el transporte internacional mar铆timo y fluvial.

路 Entender en la regulaci贸n y coordinaci贸n de los sistemas de transporte mar铆timo y fluvial.

路 Intervenir en el r茅gimen jur铆dico de las aguas de los r铆os interprovinciales y sus afluentes, junto a las otras jurisdicciones con competencia en la materia.

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